
Colaboradores del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas asistieron a la conferencia “Causales del divorcio: clases y consecuencias”, dictada por la licenciada Alicia Tejada en las instalaciones de la Procuraduría de la Administración. La ponente inició con un recorrido por el Código Civil de 1917, que regulaba el divorcio bajo una lógica de culpabilidad, con efectos económicos punitivos y una marcada desigualdad de género, y que, al no contemplar el mutuo acuerdo, obligaba a las parejas que deseaban separarse en buenos términos a fabricar causales ante el juez.
A partir de este contraste, la licenciada Tejada explicó las reformas de la Ley 269 del 14 de diciembre de 2021, entre ellas la reducción del plazo para invocar la separación de hecho de dos a un año, la posibilidad de solicitar el divorcio por mutuo consentimiento desde el primer año de matrimonio, la prescripción de un año para las causales conflictivas y el carácter vinculante del acuerdo entre las partes en cualquier etapa del proceso. También compartió cifras de 2025 que muestran una clara preferencia por las vías consensuadas: 78% de los divorcios se dio por mutuo consentimiento, 19.4% por separación de hecho, y el resto se repartió entre causales conflictivas como el abandono de deberes, la relación extramatrimonial y el trato cruel físico o psíquico.

La Licda. Alicia Tejada, Juez Tercera del Primer Circuito Judicial, durante su ponencia.
La jornada incluyó además una revisión de los procedimientos aplicables a cada vía —desde la presentación de la demanda hasta la audiencia y la evacuación de pruebas— y de las consecuencias jurídicas del divorcio: la disolución del vínculo matrimonial, el cese de las obligaciones entre los cónyuges salvo declaración de culpabilidad, y la protección de los hijos menores frente a los efectos de la separación, priorizando su bienestar por encima de la búsqueda de un responsable.
Con esta participación, el TACP reafirma su compromiso con la formación continua de sus colaboradores en distintas áreas del derecho.


